En el marco del Congreso Náutico que se está celebrando en Barcelona se
ha presentado el texto definitivo sobre la reforma de la Ley de Titulaciones, en el que se recoge la mayoría de las demandas planteadas por ANEN, como la ampliación de las atribuciones para los
títulos más populares y más accesibilidad a la náutica de iniciación.
- Aumenta la eslora para poder navegar sin titulación, hasta cinco metros
para embarcaciones a motor y seis metros para la vela.
- Se podrá navegar con la Licencia de Navegación (anterior titulín) con
barcos de hasta seis metros de eslora , con la potencia recomendada por el fabricante, y con motos de agua, con dos horas de teoría y cuatro de prácticas.
- Se amplían las atribuciones del título de Patrón de Navegación Básica
hasta los ocho metros de eslora
- Aumenta la eslora permitida, hasta 15 metros, para navegar con el título
de Patrón de Embarcación de Recreo que adicionalmente con la realización de 24 horas de prácticas permitirá gobernar embarcaciones de hasta 24 metros así como navegar entre la Península y
Baleares.
- Se amplían las atribuciones del título de Patrón de Yate que permitirá
navegar con embarcaciones de hasta 24 metros de eslora y hasta 150 millas de la costa.
Son los principales cambios que introduce el texto definitivo de la Orden
Ministerial que reforma las titulaciones náuticas y que se han dado a conocer hoy, por parte de la Dirección General de la Marina Mercante, durante el II Congreso Náutico, organizado por ANEN que se
está celebrando en Barcelona.
Las negociaciones han sido intensas para alcanzar una normativa que nos
aproxime al marco europeo y permita que nuestros títulos náuticos puedan competir en las mejores condiciones con los que existen en los países de nuestro entorno. Pero finalmente, la Administración
atendiendo a la demanda del sector, con ANEN como principal portavoz e interlocutor, ha impulsado la reforma de las titulaciones náuticas que con el texto definitivo se espera que será publicada en
breve plazo.
Este ha sido el tema estrella que se ha debatido durante la mesa redonda
dedicada al Status quo reformador de la náutica de recreo, tras su presentación por parte del portavoz de la Dirección General de la Marina Mercante, Fernando Henríquez, y que regulará las
titulaciones náutica españolas de acuerdo al siguientes condiciones y exigencias:
Exención de titulación:
- Motor hasta 5 metros
- Vela hasta 6 metros
- Potencia 11,2 kw (15CV)
- Navegación de día
- 2 millas de un puerto de abrigo
Licencia de Navegación:
- Motor y vela hasta 6 metros
- Motos de agua
- Potencia adecuada a la embarcación
- Navegación de día
- 2 millas de un puerto de abrigo
- 2 horas de teoría (nociones radio)
- 4 horas de prácticas
- Escuelas y Federaciones.(Con certificado de calidad)
Patrón de Navegación Básica:
- Motor hasta 8 metros
- Potencia adecuada a la embarcación
- Hasta 5 millas de un puerto de abrigo
- Exámenes por la Administración
- 8 horas de prácticas
- Curso de radiocomunicaciones 4 horas (2T + 2P)
- Prácticas por las escuelas y Federaciones (con Certificado de
calidad)
Patrón de Embarcación de Recreo:
- Motor y vela hasta 15 metros (vela previa realización prácticas
específicas)
- Potencia adecuada a la embarcación
- Navegación de día y de noche
- 12 millas de la costa
- Navegación dentro del archipiélago balear y canario
- Exámenes por la Administración
- 16 horas de prácticas
- Curso de radio-operador de corto alcance de 12 horas (4T +
8P)
- Solo escuelas (Con Certificado de calidad)
Adicionalmente, si se realizan 24 horas de prácticas, este título
habilitará para navegar:
- A motor y vela hasta 24 metros (vela previa realización prácticas
específicas)
- Entre Península y Baleares
Patrón de Yate:
- Motor y vela hasta 24 metros (vela previa realización prácticas
específicas)
- Potencia adecuada a la embarcación
- Navegación de día y de noche
- 150 millas de la costa
- Exámenes por la Administración
- 48 horas de prácticas en régimen de navegación (36N + 12P)
- Curso de radio-operador de corto alcance de 12 horas (4T +
8P)
- Solo escuelas (Con Certificado de calidad)
Capitán de Yate
- Motor y vela hasta 24 metros (vela previa realización prácticas
específicas)
- Potencia adecuada a la embarcación
- Navegación de día y de noche
- Navegación ilimitada
- Exámenes por la Admon
- 48 horas de prácticas en régimen de navegación (36N + 12P)
- Curso de radio-operador de corto alcance de 12 horas (4T +
8P)
- Solo escuelas (Con Certificado de calidad)
Otros Cambios Significativos.
- Mantenimiento de la renovación de la tarjeta cada 10 años, previa
presentación de reconocimiento psicofísico
- Se establece la eslora máxima de la embarcaciones en 24
metros
- Exigencia de una certificación de calidad, a escuelas y federaciones,
para determinados títulos
- Posibilidad de que la Administración Competente realice el examen
práctico si así lo legisla
- Radio operador de corto alcance como obligatorio, el de largo alcance
como opcional
- Se permite el pantano sólo para la Licencia de navegación, el PNB y las
prácticas de vela
- Se permite el empleo de embarcaciones semirrígidas solamente para la
Licencia de navegación
- Los directores de las escuelas podrán realizar prácticas siempre y cuando
dispongan de la titulación adecuada
- Se permitirá el examen por bloques en PY y CY pero solo durante 3
convocatorias seguidas